ARLA/CLUSTER: Nova norma para a realiza玢o de exames de radioamadorismo em Espanha

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Segunda-Feira, 28 de Novembro de 2011 - 08:29:50 WET


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III. OTRAS DISPOSICIONES
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MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
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18503
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Resoluci贸n de 14 de noviembre de 2011, de la Secretar铆a de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Informaci贸n, por la que se
establece el procedimiento para la realizaci贸n del examen para la obtenci贸n
del diploma de operador de estaciones de radioaficionado.
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BOLET脥N OFICIAL DEL ESTADO

N煤m. 283 Jueves 24 de noviembre de 2011 Sec. III. P谩g. 125356
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cve: BOE-A-2011-18503

De conformidad con lo establecido en el art铆culo 13 del Reglamento de uso
del dominio p煤blico radioel茅ctrico por aficionados, aprobado por Orden
ITC/1791/2006, de 5 de junio (BOE de 9 de junio) el examen para la
obtenci贸n del diploma de operador de estaciones de radioaficionado se
efectuar谩 con sujeci贸n a las siguientes bases:

Primera. *Contenidos y criterios de calificaci贸n.
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El examen constar谩 de dos pruebas que versar谩n sobre:

Prueba primera:

Conocimientos de electricidad y radioelectricidad para operar una estaci贸n
de aficionado.

Prueba segunda:

Dominio de la normativa reglamentaria referente a estaciones de aficionado.

Las materias de cada prueba figuran como anexo I a las Instrucciones para
el desarrollo y aplicaci贸n del Reglamento de uso del dominio p煤blico
radioel茅ctrico por aficionados, aprobadas por Resoluci贸n de 20 de
septiembre de 2006 de la Secretar铆a de Estado de Telecomunicaciones y para
la Sociedad de la Informaci贸n (BOE de 31 de octubre), modificada por
Resoluci贸n de dicha Secretar铆a de Estado de 18 de febrero de 2009 (BOE de
24 de febrero).

El examen constar谩 de 60 preguntas tipo test (30 para la prueba primera y
30 para la segunda) con cuatro alternativas de respuesta. Para superar cada
una de las pruebas ser谩 suficiente contestar correctamente 15 preguntas en
cada prueba. La duraci贸n m谩xima del examen ser谩 de 90 minutos (45 minutos
para cada prueba).

El examen se considerar谩 superado tras la superaci贸n parcial de cada una de
las pruebas. La calificaci贸n de cada prueba, as铆 como del examen en su
conjunto ser谩 de apto o no apto.

Los participantes en el examen que obtengan la calificaci贸n parcial de apto
en cualquiera de las pruebas, o la hayan obtenido en ex谩menes celebrados
con anterioridad, estar谩n exentos de la repetici贸n de la misma, previa
solicitud de convalidaci贸n de la prueba ya superada.

El plazo m铆nimo para la repetici贸n de una prueba no superada ser谩 de dos
meses.

Segunda. *Procedimiento para la realizaci贸n del examen.
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1. Solicitud de participaci贸n en las pruebas.

Los interesados en participar en el examen dirigir谩n la solicitud a la
Secretar铆a de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Informaci贸n, preferentemente a trav茅s de la Jefatura Provincial de
Inspecci贸n de Telecomunicaciones en la que deseen realizar la prueba,
utilizando el modelo que figura como anexo III a las Instrucciones para el
desarrollo y aplicaci贸n del Reglamento de uso del dominio p煤blico
radioel茅ctrico por aficionados, utilizando los procedimientos telem谩ticos
disponibles, a trav茅s de las

cve: BOE-A-2011-18503
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BOLET脥N OFICIAL DEL ESTADO

N煤m. 283 Jueves 24 de noviembre de 2011 Sec. III. P谩g. 125357
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Jefaturas Provinciales de Inspecci贸n de Telecomunicaciones, o por cualquier
otro de los procedimientos previsto en el art铆culo 38 de la Ley 30/1992 de
26 de noviembre, de R茅gimen Jur铆dico de las Administraciones P煤blicas y del
Procedimiento Administrativo Com煤n. La solicitud (salvo en los casos de
utilizaci贸n de certificado digital) deber谩 acompa帽arse de una fotocopia
compulsada del Documento Nacional de Identidad o en el supuesto de
extranjeros de la documentaci贸n equivalente que acredite la identidad y
nacionalidad del interesado o en su defecto, consentimiento para que los
datos de identidad personal de este puedan ser consultados mediante el
Sistema de Verificaci贸n de Datos de Identidad Personal a los efectos de
iniciaci贸n del procedimiento, de conformidad con lo establecido en la Orden
PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, as铆 como justificante de haber realizado
el ingreso de la tasa de telecomunicaciones prevista en el anexo I de la
Ley General de Telecomunicaciones (modelo 790 芦por presentaci贸n a ex谩menes
para la obtenci贸n del diploma de operador de estaci贸n de aficionado禄), en
la cuant铆a que determinen las disposiciones reglamentarias en vigor.

En la solicitud deber谩 indicarse, con car谩cter orientativo, la fecha y
Jefatura Provincial preferida para la realizaci贸n del examen.

2. Tribunal 煤nico.

La Subdirecci贸n General de Planificaci贸n y Gesti贸n del Espectro
Radioel茅ctrico, dirigir谩 los ex谩menes y coordinar谩 la actuaci贸n de las
Jefaturas Provinciales de Inspecci贸n de Telecomunicaciones, a cuyo cargo
estar谩 la realizaci贸n de los ex谩menes. A tal efecto y con objeto de
unificar los criterios de evaluaci贸n de las pruebas, constituir谩 un
Tribunal 煤nico. El Tribunal resolver谩 las incidencias que puedan plantearse
en el desarrollo de aqu茅llas, estudiando, en su caso, las reclamaciones
planteadas modificando, si procede, los resultados provisionales y
elev谩ndolos a definitivos.

3. Realizaci贸n del examen.

Recibida la solicitud y verificada su idoneidad, la Jefatura Provincial
afectada comunicar谩 al interesado la hora, fecha y lugar de realizaci贸n del
examen. Los ex谩menes se realizar谩n en d铆as laborables de lunes a viernes en
horario de 9 a 14 horas, preferentemente.

El examen se efectuar谩 utilizando medios inform谩ticos por lo que los
participantes deber谩n poseer conocimientos elementales de uso y manejo del
ordenador, no obstante, un funcionario actuar谩 como testigo y asistente
para la realizaci贸n del examen.

La calificaci贸n provisional obtenida en cada una de las pruebas ser谩
comunicada al interesado una vez finalizado el examen. Por resoluci贸n de la
Secretar铆a de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Informaci贸n se dar谩 por concluido el examen, sin perjuicio de los recursos
que de acuerdo con la legislaci贸n vigente los interesados pudiesen plantear.

Tercera. *脕mbito territorial de la Comunidad Aut贸noma de Catalu帽a.
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En el marco de colaboraci贸n establecido en el Real Decreto 1385/2008, de 1
de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administraci贸n del
Estado a la Generalitat de Catalu帽a en materia de comunicaciones
electr贸nicas y del Convenio de Colaboraci贸n entre el Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de Catalu帽a relativo al uso
del dominio p煤blico radioel茅ctrico por aficionados y de la banda ciudadana
CB-27, publicado por Resoluci贸n de 22 de enero de 2009, de la Secretar铆a de
Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Informaci贸n (BOE de
11 de febrero), en el 谩mbito territorial de dicha Comunidad Aut贸noma, la
realizaci贸n de los ex谩menes para la obtenci贸n del diploma de operador de
estaci贸n de aficionado, ser谩 efectuado por la Generalitat correspondiendo a
la misma establecer la convocatoria y condiciones de realizaci贸n.

*BOLET脥N OFICIAL DEL ESTADO N煤m. 283 Jueves 24 de noviembre de 2011 Sec.
III. P谩g. 125358

http://www.boe.es BOLET脥N OFICIAL DEL
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Cuarta. *Entrada en vigor.
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La presente resoluci贸n entrar谩 en vigor el d铆a siguiente al de su
publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial del Estado.

Madrid, 14 de noviembre de 2011.鈥揈l Secretario de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Informaci贸n, P. D. (Orden
ITC/371/2011, de 24 de febrero), el Subdirector General de Planificaci贸n y
Gesti贸n del Espectro Radioel茅ctrico, Antonio Fern谩ndez-Paniagua
D铆az-Flores. cve: BOE-A-2011-18503
-------------- pr髕ima parte ----------
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URL: http://radio-amador.net/pipermail/cluster/attachments/20111128/78ec2314/attachment.htm


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